El TC confirma la constitucionalidad de la Ley Estatal de Vivienda
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid contra diversos preceptos de la Ley Estatal de Vivienda (Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda).
La resolución supone un nuevo aval a la Ley Estatal de Vivienda. No en vano, es la cuarta vez que el Tribunal se pronuncia sobre su constitucionalidad, tras las SSTC 79/2024, 26/2025 y 190/2025. En esta ocasión, el recurso tenía carácter íntegramente competencial.
Hechos probados | Recurso competencial contra la Ley Estatal de Vivienda
El Gobierno madrileño sostenía que varios artículos de la Ley Estatal de Vivienda carecían de cobertura en los títulos competenciales invocados por el Estado.
En concreto, cuestionaba su encaje en los artículos 149.1.1ª, 149.1.6ª, 149.1.13ª y 149.1.18ª de la Constitución Española. A su juicio, la Ley Estatal de Vivienda invadía competencias exclusivas de la Comunidad de Madrid, especialmente en materia de vivienda y urbanismo, así como competencias municipales en el ámbito urbanístico.
El debate no se centraba en la finalidad social de la Ley Estatal de Vivienda, sino en la delimitación constitucional de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma.
Configuración del derecho subjetivo | Cobertura de la Ley Estatal de Vivienda
La sentencia, con ponencia del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, confirma la constitucionalidad del artículo 8.a) de la Ley Estatal de Vivienda.
Este precepto reconoce que “todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”, en régimen de propiedad, arrendamiento, cesión de uso u otro régimen legal de tenencia.
El Tribunal concluye que el legislador estatal puede configurar la vivienda como derecho subjetivo y determinar quiénes son sus titulares. Considera que estos aspectos resultan esenciales para garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho, finalidad que encuentra cobertura en el artículo 149.1.1ª CE.
Por tanto, la Ley Estatal de Vivienda, en este punto, no vulnera el orden constitucional de distribución de competencias.
“Todos los ciudadanos” | Extensión del derecho en la Ley Estatal de Vivienda
Uno de los ejes del recurso era la utilización de la expresión “todos los ciudadanos” en la Ley Estatal de Vivienda, frente al tenor literal del artículo 47 CE, que se refiere a “todos los españoles”.
El Tribunal entiende que el Estado actúa dentro de sus competencias al extender la titularidad del derecho a ciudadanos extranjeros. En una lectura integrada de los artículos 149.1.1ª y 149.1.2ª CE, en relación con el artículo 13 CE, corresponde al Estado fijar el estatuto jurídico del extranjero en España.
Dentro de esa competencia se incluye la determinación de qué derechos, reconocidos en principio a los españoles, pueden extenderse a ciudadanos de otras nacionalidades en condiciones de igualdad. En consecuencia, la opción adoptada por la Ley Estatal de Vivienda resulta constitucional.
Remisión a doctrina previa | Consolidación de la Ley Estatal de Vivienda
La sentencia declara la pérdida sobrevenida de objeto respecto de los preceptos de la Ley Estatal de Vivienda que ya habían sido declarados inconstitucionales y nulos en la STC 79/2024.
Asimismo, desestima la mayoría de las restantes impugnaciones por remisión a lo ya resuelto en las anteriores sentencias sobre la Ley Estatal de Vivienda, al tratarse de cuestiones sustancialmente idénticas.
También rechaza la impugnación del artículo 17.4 de la Ley Estatal de Vivienda, planteada ahora por primera vez, siguiendo la línea argumental utilizada en la STC 190/2025 respecto de un precepto de estructura similar.
Fallo del Tribunal Constitucional sobre la Ley Estatal de Vivienda
En definitiva, el Pleno del Tribunal Constitucional desestima el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid y confirma, en lo esencial, la constitucionalidad de la Ley Estatal de Vivienda en los extremos impugnados.
Han anunciado voto particular discrepante los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera, César Tolosa Tribiño y José María Macías Castaño.
Conclusión | La Ley Estatal de Vivienda supera un nuevo control constitucional
Con esta resolución, la Ley Estatal de Vivienda consolida su respaldo constitucional desde la perspectiva competencial.
El Tribunal refuerza la posición del Estado para fijar el marco básico del derecho a la vivienda y delimita nuevamente el alcance de las competencias estatales y autonómicas en esta materia, aportando mayor seguridad jurídica en la aplicación de la Ley Estatal de Vivienda.
