Sindicatos logran compensación de festivos laborales en sector contact center

21/05/2026

La AN protege los festivos laborales

Nueva sentencia sobre descansos y festivos disponible próximamente

La Audiencia Nacional ha resuelto que los trabajadores deberán recuperar los festivos que coincidan con su descanso semanal en sábado. La decisión afecta especialmente al sector del “contact center”, donde numerosas empresas venían considerando que esos festivos quedaban automáticamente compensados.

La resolución judicial responde a las demandas planteadas por varios sindicatos contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), patronal que representa a empresas dedicadas a servicios de atención al cliente.

Con esta sentencia, la AN concluye que las compañías no pueden hacer desaparecer días festivos mediante la organización de cuadrantes y turnos de trabajo.

El tribunal reconoce un día adicional de descanso

La Sala de lo Social considera que el descanso semanal y los festivos laborales tienen distinta naturaleza jurídica. Por ese motivo, cuando ambos coincidan en sábado, los trabajadores tendrán derecho a un día adicional de descanso.

La sentencia fija además que esa compensación deberá disfrutarse dentro de los catorce días siguientes al festivo afectado.

El fallo declara “no ajustada a derecho” la práctica aplicada por muchas empresas del sector. Según la Audiencia Nacional, los catorce festivos anuales reconocidos por la legislación laboral deben disfrutarse plenamente y no pueden quedar neutralizados por el calendario de descansos.

La resolución amplía la doctrina del Supremo

El pronunciamiento llega pocas semanas después de una sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2025. En aquella ocasión, el alto tribunal ya había reconocido el derecho a compensación cuando un festivo coincidía con determinados descansos semanales.

Sin embargo, el Supremo no había aclarado expresamente qué ocurría con los sábados. La Audiencia Nacional cubre ahora ese vacío interpretativo y fija un criterio que podría extenderse a otros sectores con jornadas rotatorias.

Además, la sentencia reconoce efectos retroactivos para los períodos no prescritos. Esto permitirá que muchos trabajadores puedan reclamar días de descanso no disfrutados en años anteriores.

Los sindicatos celebran el cambio de criterio

Las organizaciones sindicales han recibido la decisión de forma positiva. USO aseguró que la resolución consolida una doctrina que impide a las empresas eliminar festivos mediante sistemas de organización interna.

La secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO, Sara García, afirmó que el fallo garantiza el disfrute real de los festivos laborales “sin solapamientos ni recortes”.

La resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. No obstante, el criterio fijado por la Audiencia Nacional supone un cambio relevante en la interpretación de los derechos de descanso dentro de sectores con horarios flexibles y sistemas de turnos.