Devoluciones en caliente: rechazado el recurso del Estado
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado que la ley no permite aplicar las devoluciones en caliente a los migrantes interceptados en alta mar que pretenden entrar a nado en Ceuta y Melilla.
¿Qué le ocurrió al migrante interceptado en alta mar?
Un inmigrante de nacionalidad argelina fue interceptado en alta mar el 14 de noviembre de 2024 cuando, junto a otras dos personas, pretendía entrar a nado en Ceuta, y fue entregado a las autoridades de Marruecos sin procedimiento ni resolución.
¿Qué alegaba el migrante en su recurso?
Alegaba que la entrega constituía una vía de hecho, omitiendo los derechos de asistencia letrada y de protección internacional, y solicitaba una indemnización de 6.000 euros por daños morales.
¿Qué habían resuelto los tribunales anteriores?
Un juzgado de Ceuta y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ya habían dado la razón a esta persona, entendiendo que quien entra por mar a nado no supera un elemento de contención fronterizo.
¿Cuándo se pueden aplicar las devoluciones en caliente?
Solo cuando el migrante intenta superar elementos de contención fronterizos establecidos, como las vallas, y no con carácter general para todo cruce irregular de la frontera, sea terrestre o marítimo.
¿Cuentan los dispositivos tecnológicos como elementos de contención?
No. La Sala aclara que drones, cámaras térmicas o sensores cumplen una función de vigilancia, detección y alerta, pero no impiden físicamente el cruce de la línea fronteriza ni retienen a quienes lo intentan.
¿Podrían aplicarse en el futuro a interceptaciones marítimas?
Sí, si se instalan elementos de contención en el mar equivalentes a las vallas terrestres, la Disposición adicional décima podría aplicarse a quienes intentaran superarlos, según indica la Sala.
¿Cuál ha sido el fallo del Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del Abogado del Estado, que sostenía que el rechazo en frontera de este inmigrante era plenamente ajustado a derecho, confirmando que las devoluciones en caliente no eran aplicables al caso.
