¿Se aplica el principio de proporcionalidad a lo formal?

06/09/2026

Principio de proporcionalidad en las subvenciones: el caso, explicado en preguntas

El Tribunal Supremo ha resuelto un caso sobre el principio de proporcionalidad en el reintegro de subvenciones. Repasamos el asunto en forma de preguntas.

¿Qué ocurrió en el caso?

Una fundación asturiana recibió una subvención para formación en el sector del metal, entre 2017 y 2018. La Administración detectó pagos realizados fuera de plazo y exigió el reintegro parcial correspondiente.

¿Qué dijo el Tribunal Superior de Justicia de Asturias?

Desestimó el recurso de la fundación. Consideró que el principio de proporcionalidad solo era aplicable a incumplimientos de los objetivos de la subvención, no a la justificación de gastos.

¿Qué pedía la fundación sobre el principio de proporcionalidad?

Pedía que se reconociera el principio de proporcionalidad también ante incumplimientos formales. Invocaba un pronunciamiento previo del Tribunal Supremo que había admitido modular este tipo de incumplimientos.

¿Qué decía la Administración en su defensa?

Que el incumplimiento aquí era sustantivo, no formal. Los pagos se habían realizado efectivamente fuera de plazo, y no se trataba de una justificación tardía.

¿Se aplica el principio de proporcionalidad a los incumplimientos formales?

Sí, según el Tribunal Supremo. Es un principio general del derecho, vinculado a la interdicción de la arbitrariedad, aplicable cuando el incumplimiento admite graduación.

Si se admite graduar la respuesta ante incumplimientos sustantivos, no hay motivo para negarla ante los formales.

¿Por qué entonces pierde la fundación su recurso?

Porque el incumplimiento de este caso concreto no fue formal, sino sustantivo. Los pagos se realizaron efectivamente fuera del plazo establecido, un dato ya fijado en instancia.

El principio de proporcionalidad ya había sido aplicado correctamente por la Administración, que solo reclamó el reintegro de los gastos fuera de plazo.

¿Cómo falló finalmente el Tribunal Supremo?

Estima el recurso de casación en cuanto a la doctrina jurisprudencial. Casa la sentencia recurrida, pero desestima el recurso contencioso-administrativo.

No impone costas en ninguna instancia, por apreciar serias dudas de derecho.