El TSJMU respalda el principio de que quien contamina paga por el Mar Menor

22/09/2026

El TSJMU confirma que quien contamina paga y obliga a una empresa agrícola a indemnizar por el Mar Menor

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado la responsabilidad medioambiental de una empresa agrícola por daños al Mar Menor. Aplica el principio de que quien contamina paga y desestima su recurso.

Lo esencial del fallo

La Sala confirma que la empresa debe abonar 97.603,30 euros por los costes de las medidas preventivas y de reparación ejecutadas por la Administración. Considera acreditado el nexo causal entre su actividad y el deterioro del Mar Menor.

El origen: una desalobradora ilegal en Torre Pacheco

Entre 2012 y 2016, una instalación desalobradora sin autorización vertió salmuera con nitratos sin depurar hacia el Mar Menor. La estimación pericial cifra ese vertido en 159.400 metros cúbicos, equivalentes a 63,76 piscinas olímpicas.

La instalación, construida en 1996, producía 400 metros cúbicos diarios y carecía de autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura.

Por qué no prospera el recurso de la empresa

La empresa alegaba que la contaminación del Mar Menor era difusa y que no existía un nexo causal con su actividad. La Sala rechaza este argumento, al considerar acreditada la actividad contaminante mediante atestados, informes periciales y documentación oficial.

Recuerda que la Ley 26/2007 permite aplicar el principio de que quien contamina paga cuando existe un vínculo causal con operadores concretos, aunque la contaminación tenga origen difuso.

Los criterios que fija la Sala

Un informe pericial de diciembre de 2022 atribuye a la empresa un 5 % del total de nitratos aportados por las desalobradoras precintadas, calificando de «crónica» la intensidad de ese daño. La Sala también descarta la caducidad del procedimiento y la vulneración del trámite de audiencia.

Qué sigue ahora

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, si concurren los requisitos legalmente establecidos. Mientras tanto, se confirma que quien contamina paga por los daños al Mar Menor.