El TSJC revoca el fallo de instancia por las complicaciones de una operación estética
El TSJC condena a la mutua por las complicaciones de una operación estética
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha reconocido el derecho de una trabajadora al subsidio de incapacidad temporal por las complicaciones de una operación estética. Revoca el fallo de instancia y condena a la mutua a abonar la prestación correspondiente.
Lo esencial del fallo
La Sala considera que la dehiscencia de la herida quirúrgica y el seroma abdominal sufridos por la trabajadora no fueron incidencias propias del proceso normal de recuperación. Fueron complicaciones de una operación estética que afectaron a su estado de salud y retrasaron su recuperación definitiva.
El origen: una intervención durante las vacaciones
El 1 de marzo de 2024, la trabajadora se sometió, durante sus vacaciones anuales, a una dermolipectomía abdominal, una reconstrucción de la pared abdominal, una abdominoplastia y varias liposucciones. Tras la intervención sufrió una dehiscencia de la herida y un seroma que requirieron seis semanas de tratamiento, con sesiones de drenaje y curas diarias hasta el cierre completo de la herida.
El Servicio Canario de la Salud emitió la baja médica el 11 de marzo, con alta el 6 de mayo de 2024, fecha en la que la trabajadora se reincorporó a su puesto.
Por qué no prospera la negativa de la mutua
La mutua alegaba que la baja derivaba de una cirugía puramente estética y que las incidencias formaban parte del proceso normal de convalecencia tras este tipo de intervenciones voluntarias. La Sala recuerda que la exclusión de la cirugía estética no alcanza a las complicaciones surgidas después de la operación.
Los criterios que fija la Sala
Sobre la dehiscencia, señala que la separación de los bordes de la herida antes de su cicatrización completa requiere atención médica específica y no puede considerarse parte de la curación normal, pudiendo incrementar el riesgo de morbilidad.
Sobre el seroma, distingue entre los casos que se reabsorben espontáneamente en pocas semanas y los que exigen drenajes o punciones. En este caso concreto, el seroma tuvo que tratarse durante seis semanas, lo que descarta que fuera una simple consecuencia ordinaria de la intervención practicada.
Qué sigue ahora
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias estima el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora, reconoce el subsidio de incapacidad temporal por contingencia común y condena a la mutua a su abono íntegro por el periodo comprendido entre el 10 de marzo y el 6 de mayo de 2024.
