El 11 de julio se ha publicado en el BOJA la Resolución de 29 de junio, que recoge las bases reguladores de la convocatoria para el Bono Joven 2018, que aprobaba la Orden de 6 de mayo de 2018. Esta Resolución establece las bases y requisitos para la Convocatoria del Bono de Empleo Joven 2019 en Andalucía.

La Resolución trae varias novedades importantes para esta subvención, Principalmente en lo que se refiere a su cuantía. Os hacemos un breve resumen:

¿En qué consiste la ayuda del Bono de Empleo Joven 2019?

El aspecto más interesante de esta nueva convocatoria, es que se incrementan las cantidades concedidas por la contratación de los jóvenes que cumplan los requisitos:

Ayuda para contratos temporales:

  • 6000 € si el contrato es a jornada completa.
  • 3.000 € si el contrato es a media jornada.

En estos casos, la ayuda exige un mantenimiento mínimo del trabajador en plantilla obligatorio del contrato de al menos 12 meses.

Ayuda para contratos indefinidos:

  • 8.000 € para contratos indefinidos a jornada completa.
  • 4.000 € para contratos indefinidos a media jornada.

Si el contrato es indefinido, la ayuda exige un mantenimiento mínimo de contratación obligatorio de 18 meses. Esta ayuda será aplicable tanto para transformaciones en contrato indefinido, como para contratos indefinidos.

También podrán beneficiarse de esta medida todas aquellas empresas que transformen en indefinido un contrato temporal que ya haya sido beneficiario de la ayuda de Bono Joven, pero siempre que al menos hayan pasado 12 meses desde el alta. Una vez transformado el contrato en indefinido, deberán mantenerlo  en plantilla 18 meses más.

¿Qué entidades pueden acceder al Bono Joven?

Todas las empresas y autónomos (independientemente de su forma jurídica), entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica, que estén ubicadas en la Comunidad de Andalucía, podrán solicitar esta ayuda.

En los siguientes apartados veremos los requisitos exigidos.

·      Requisitos del contrato:

El contrato deberá ser formalizado durante al menos 12 meses si es contrato temporal o mantenerse 18 meses si es contrato indefinido, podrá ser a jornada completa o media jornada. Ojo, no son subvencionables los contratos temporales de duración inferior a los que posteriormente se realice una prorroga. Recuerda que, para acceder a la ayuda, el contrato inicial ya debe ser de 1 año (este era un error habitual en la anterior convocatoria).

El contrato se tiene que comunicar telemáticamente, es decir, comunicarlo mediante los servicios telemáticos del SEPE.

Se admiten todas las modalidades de contrato vigentes.

  • El contrato para la formación y el aprendizaje es compatible con la ayuda del BONO DE EMPLEO JOVEN y con todos los beneficios de este contrato, por lo que se sumaría el ahorro en costes de seguridad social (tiene derecho a una reducción del 100% en los seguros sociales) a la ayuda de 6.000 euros.

Exclusiones:

  1. Contrataciones a cónyuge y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.
  2. Contrataciones de ETT.
  3. Empresas sancionadas en los últimos 3 años por incumplimiento de normativa de Prevención de Riesgos Laborales o por prácticas discriminatorias.
  4. Empresas condenadas por despido declarado improcedente en el año inmediatamente anterior.
  5. Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

·       Requisitos para los trabajadores con Bono de Empleo 2019

Nuevamente, los requisitos son:

  • Estar inscritos en el FICHERO NACIONAL DEL SISTEMA DE GARANTIA JUVENIL.
  • Tener entre 18 y 29 años.
  • Disponer de alguna de las siguientes titulaciones: universitaria, de FP, ESO o Bachiller.

La empresa debe asegurarse de que el trabajador cumpla estos requisitos antes de formalizar el contrato, se recomienda solicitarle copia de su inscripción en Garantía Juvenil, DNI y titulación.

¿Cómo hacer la solicitud del Bono Joven 2019?

Para formalizar la solicitud no deberán haber transcurrido más de 2 meses tras la realización del contrato.

En el caso de las transformaciones de contratos indefinidos, deberá presentarse la solicitud antes de dos meses, tras la finalización del plazo del contrato inicial.

Esta solicitud se realizará de forma online, a través de la plataforma de la Junta de Andalucía. La convocatoria estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2019.