A partir de 2015 cambiará la fiscalidad del arrendamiento de viviendas, van a introducirse cambios en el IRPF aplicable a los alquileres de viviendas, cambios que afectan tanto a propietarios como a inquilinos:
• Para los propietarios, desaparecerá la reducción del 100% aplicable a los rendimientos cuando los inquilinos son jóvenes menores de 30 años. Siendo la reducción a partir de 2015 del 60%, indistintamente de la edad del inquilino.
• Y para los inquilinos, se eliminará la deducción de hasta el 10,05% de los alquileres satisfechos que se les aplica cuando tienen una base imponible en el IRPF inferior a 24.107,20 euros.
No obstante, la forma en la que desaparecen ambos incentivos es diferente. Mientras que el fin de la reducción del 100% para arrendadores afecta a todos los contratos de alquiler, sea cual sea su fecha de inicio, la desaparición de la deducción para inquilinos sólo afecta a los contratos iniciados a partir de 1 de enero de 2015. Es decir, los inquilinos que hayan iniciado su contrato antes de 2015 y que hayan podido disfrutar de la deducción antes de dicho año podrán seguir aplicándola hasta el fin del contrato.
Antes de fin de año. Si usted es propietario de una vivienda y desea alquilarla, o si es intermediario en el mercado inmobiliario, utilice este argumento para conseguir un inquilino con mayor facilidad, ya que los inquilinos con rentas bajas que formalicen su contrato ahora, en lugar de hacerlo en el año 2015, ahorrarán impuestos.