El pasado miércoles 18 de Noviembre se publicaba en el BOE la Orden HAP/2430/2015 en la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva. Tal y como comentamos el año pasado por estas fechas, muchos eran las actividades en módulos que iban a desaparecer, lo que conlleva a que muchos empresarios autónomos, el próximo año, dejarán de tributar por este sistema teniendo de acogerse a estimación directa.
¿Cuáles son las actividades que pasan a estimación directa?
A modo resumen desaparecen de módulos las actividades recogidas en los epígrafes englobados en el grupo 3, partes de las del grupo 4 y el grupo 5 en su totalidad. Los empresarios que se verán afectados serán:
- Confección de prendas de vestir y complementos (modistas, costureros, sastres, etc).
- Trabajos de carpintería y fabricación de muebles.
- Impresión de imágenes y textos.
- Albañilería y pequeños trabajos de construcción.
- Instalaciones y montajes (instalaciones industriales, instalaciones de cocinas, elevadores, instalaciones telefónicas y de cable, instaladores de aire acondicionado, etc).
- Fontanería.
- Cerrajería.
- Revestimientos, soldados, pavimentos y colocación de aislamientos.
- Pintura.
- Trabajos de yeso y escayola.