Las entidades financieras comercializaron hipotecas multidivisa, implementado las ventajas que suponía reducir el tipo de interés, pero ocultaban el riesgo de apostar contra la devaluación del euro. Cuando el euro baja respecto a la divisa a la que se referencia el préstamo, el cliente acaba pagando cantidades desorbitadas
Cómo funciona la hipoteca multidivisa: el cliente contrata la hipoteca en euros pero las cuotas y la cantidad a amortizar se recalculan periódicamente en la divisa elegida (francos suizos, yenes, etc).
El banco debería haber informado al consumidor de los riesgos propios de este producto cuya complejidad excede a la de una hipoteca al uso.
El Supremo dictamina que las cláusulas cuestionadas no superan el control de transparencia y, por tanto, declara «la nulidad parcial del préstamo y la eliminación de las referencias a la denominación en divisas del préstamo, que queda como un préstamo concedido en euros y amortizado en euros». Entiende el alto tribunal que «la nulidad total supondría un serio perjuicio para el consumidor, que se vería obligado a devolver de una sola vez la totalidad del capital pendiente de amortizar, y que la nulidad parcial es posible por el régimen contractual previsto en el préstamo hipotecario».
Por ello los tribunales de Sevilla están dando la razón a los demandantes.